Miércoles 14 de Octubre de 2026

Hoy es Miércoles 14 de Octubre de 2026 y son las 19:06 - FM Villa Allende -La Radio de la Villa- "El Aire de las Sierras". SI SU AVISO ESTA AQUÍ,..FELICITACIONES PUES..! "El verdadero Poder está en el Servir" "En la aceptación de la diversidad, está la madurez del individuo" "Ama a tu prójimo como a tí mismo" y la Creación tambien es tu Prójimo" "Vayan sin miedo a servir" "no tengan miedo de amar" Papa Francisco."La gracia de Dios es como la lluvia que a todos moja"J.G.Del R.Brochero. "Nunca prives a nadie de su esperanza, puede ser lo único que tenga" M.T.de Calcuta. "Los gobiernos que postergan a la niñez y a la ancianidad, son gobiernos sin futuro" Papa Francisco. “Es algo muy pobre decidir que un niño debe morir para que tú puedas vivir como lo deseas.”

16.2º

EL CLIMA EN VILLA ALLENDE

ECONOMIA

14/10/2026

Cómo es el nuevo "recibo asistido" para el sueldo de las empleadas domésticas y que beneficios tiene

Cómo es el nuevo "recibo asistido" para el sueldo de las empleadas domésticas y que beneficios tiene

Fuente: Netfan Servicios

ARCA habilitó una nueva herramienta para la liquidación de salarios del personal de casas particulares. Las principales claves

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introducirá cambios en los recibos de sueldo del personal de casas particulares a partir del 15 de octubre. La principal modificación es la incorporación de un asistente informático para su confección.

A través de la Resolución General 5912, el organismo recaudador sumó la funcionalidad "Recibo Asistido" dentro del servicio digital "Personal de Casas Particulares" en su sitio web.

El objetivo es simplificar la confección de la liquidación de haberes mediante el cálculo automático de determinados conceptos, en función de los datos que obran en las bases informáticas del organismo y de la normativa vigente aplicable a cada relación laboral.

El tributarista Sebastián Domínguez detalló cómo es el procedimiento: el empleador ingresa al servicio con Clave Fiscal nivel 2 o superior, selecciona al trabajador y accede a la opción Generar recibo de sueldo.

Allí debe informar el período a liquidar, la modalidad de liquidación, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas. A partir de esos datos, el sistema calcula automáticamente los conceptos que correspondan y los pone a disposición del empleador para su revisión.

El empleador debe aceptar o rechazar cada importe. Si lo rechaza, puede editarlo e ingresar el valor que considere correcto. También puede incorporar conceptos adicionales a través de un menú desplegable con opciones predefinidas.

Domínguez destacó que la asistencia del sistema no libera al empleador de la obligación de verificar y corregir los importes cuando corresponda, ni de informar todos los conceptos que integran la liquidación. Es decir, la responsabilidad sigue siendo del empleador.

La normativa conserva los criterios de validación que se utilizaban hasta ahora. El acceso al servicio mediante Clave Fiscal es suficiente para acreditar la autenticidad del recibo, por lo que no se requiere agregar otro tipo de firma del empleador al documento generado.

En los casos en que el salario se abone en efectivo o el trabajador solicite una copia impresa, el recibo electrónico debe emitirse en dos ejemplares. El original queda en poder del trabajador, mientras que el empleador conserva el duplicado, que debe estar firmado por el trabajador como constancia de conformidad con el pago recibido.

Los trabajadores mantienen el acceso a las herramientas de consulta previstas en la normativa. Desde el servicio digital "Personal de Casas Particulares", al que ingresan con Clave Fiscal, pueden consultar tanto los recibos de sueldo emitidos por el empleador como las constancias de pago de aportes y contribuciones.

Además, el sistema "Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos" permite revisar los pagos de aportes e intereses registrados, discriminados por período y concepto. También ofrece la posibilidad de calcular los intereses adeudados a una fecha específica y generar los volantes necesarios para abonar obligaciones pendientes.

La Resolución General 5912 modifica el artículo 3° de la Resolución General 3693, referido a los aportes voluntarios que pueden realizar los trabajadores activos de casas particulares.

Hasta ahora, la normativa contemplaba cuatro alternativas: dos destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), vinculadas al acceso a prestaciones jubilatorias y por fallecimiento, y otras dos orientadas al Sistema Nacional del Seguro de Salud, que permiten acceder al Programa Médico Obligatorio (PMO) tanto al titular como a los integrantes de su grupo familiar primario.

Con la nueva disposición, solo se mantienen las dos opciones vinculadas a la cobertura médica. Los importes correspondientes se informan en el micrositio "Casas Particulares" de ARCA y se abonan mediante el volante de pago F. 575/RT.

"Los considerandos no explicitan los motivos de la supresión de las opciones previsionales y la resolución no prevé un régimen transitorio para quienes venían ingresando esos aportes, por lo que es relevante que los trabajadores verifiquen su situación previsional y que ARCA aclare el tratamiento de los períodos ya ingresados", enfatizó Domínguez.

Por último, el especialista dijo: "La incorporación del Recibo Asistido es una medida bienvenida: reducir los pasos necesarios para confeccionar una liquidación correcta y automatizar el cálculo de determinados conceptos es un avance en la dirección correcta".

"Dado que la responsabilidad sigue siendo del empleador, es relevante que revise los importes propuestos por el sistema antes de confirmar la operación, en especial los conceptos que informe de forma manual", concluyó Domínguez.

Fuente: Netfan Servicios