Viernes 21 de Marzo de 2025

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27 de febrero de 2025

Cinco escenarios que se abren tras la designación de Ariel Lijo y García-Mansilla en la Corte: qué pueden hacer el Senado, el Gobierno y la Justicia

Cada uno de los poderes del Estado tiene posibilidad de convalidar o trabar la decisión que tomó Milei ante la falta de acuerdo para cubrir las vacantes del máximo tribunal. Un repaso sobre las alternativas, las fuerzas en pugna y los posibles desenlaces

>La designación en comisión del juez Ariel Lijo y el jurista Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema, que decidió por decreto Javier Milei, abrió una multiplicidad de escenarios que pueden convalidar, demorar y hasta revertir la medida excepcional que tomó el presidente ante la falta de acuerdo político para cubrir las vacantes del máximo tribunal.

El ámbito natural donde debería resolverse la polémica por el decreto es el Senado de la Nación, que por manda constitucional tiene a cargo la ratificación o rechazo de la propuesta enviada por el presidente para designar a un juez de la Corte. Hasta que Milei nombró a Lijo y García-Mansilla, no había acuerdo para tomar ninguna decisión. ¿Qué puede pasar a partir de ahora?

Pero veamos los posibles escenarios.

Lo que impidió hasta la firma del decreto de Milei la designación “tradicional” de los jueces fue la ausencia de consenso para debatir los pliegos de Lijo y García-Mansilla, que se enviaron el año pasado. Para aprobarlos se requieren dos tercios de los miembros presentes (48 sobre 72 bancas) y para rechazarlos, solo mayoría simple (37 sobre 72).

Antes de llegar al pleno de la Cámara para ser votados, los senadores que integran la Comisión de Acuerdos del Senado, debían firmar los dictámenes para habilitar su discusión en el recinto. Recién a fines de noviembre se consiguieron las nueve firmas requeridas y el 12 de febrero se anunció la presentación, con el objetivo de ser tratado en sesiones extraordinarias. Hay acá un punto clave: solo Lijo obtuvo ese aval; García-Mansilla no lo logró.

Apenas se conoció el decreto, hubo críticas durísimas de parte del peronismo de Unión por la Patria, que tiene 34 bancas y está a tres de tener mayoría propia, y también del radicalismo, que tiene 13, y del PRO, con 7. Sin embargo, no se anunció, hasta ahora, la convocatoria a una sesión para rechazar los pliegos porque en cada bloque hay senadores que están dispuestos a votar a Lijo. Los seis de La Libertad Avanza y los aliados batallan para defender la propuesta del Ejecutivo.

La otra alternativa que podría ocurrir en la Cámara alta es que en la próxima sesión ordinaria -después de la inauguración que va a hacer Milei la noche del sábado- el Senado vote una resolución que rechaza el decreto con las designaciones. Fue una idea que planteó el senador por Tierra del Fuego, Pablo Blanco (UCR), pocos minutos después del anuncio del presidente.

En caso de aprobarse, de todos modos, no tendría un efecto práctico sobre la vigencia del decreto, aunque enviaría una señal política de la Cámara alta. Para su discusión, debería seguir el camino ordinario de cualquier proyecto o ser discutido sobre tablas, con mayoría agravada.

Una alternativa que se barajó en las últimas horas, sobre todo para evitar el riesgo de que una mayoría provisoria los rechace, fue la de retirar ambos pliegos del Senado. Se buscaría así blindar las candidaturas hasta que el tiempo político se modere y las tensiones políticas se calmen, después del impacto que generó en la Cámara el decreto presidencial.

En el comunicado con el que la Oficina de la Presidencia de la República Argentina (OPRA) dejó en claro que la decisión de Milei es, por ahora, la de mantenerlos a fin de que se establezca una negociación política con la oposición, sobre todo con el peronismo, para que se apruebe.

“Pero si el Gobierno quiere por la fuerza imponer sin ningún tipo de diálogo, diciéndonos que los candidatos que ellos ponen son los candidatos nuestros, a mí me parece que de esa forma no pueden conseguir el acuerdo”, dijo.

Más allá de eso, en el Gobierno remiten a lo que difundió la cuenta de OPRA: “Esta administración continuará con el trámite legislativo para que la Cámara alta ejerza sus atribuciones y preste los correspondientes acuerdos a los pliegos”.

El decreto de nombramiento en comisión, como toda decisión del Ejecutivo, puede ser pasible de ser declarada inconstitucional -y, por lo tanto, impedida su aplicación- por un juez federal. Hay un antecedente de enorme gravitación y que puede servir como ejemplo: en diciembre de 2015, el magistrado Alejo Ramos Padilla rechazó el decreto que había firmado Mauricio Macri nombrando en comisión a los dos miembros actuales de la Corte, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, e instó a que no se les tomara juramento.

Más allá de un fallo de ese tipo, los jueces del máximo tribunal actual -que irónicamente son Rosatti y Rosenkrantz- podrían plantear algún argumento para no tomarles juramento, como puede ser en el caso Lijo, que pidió una licencia extraordinaria en vez de renunciar al juzgado federal.

Se trata del escenario más improbable ante el estado de cosas que dejó en la política la firma del decreto. De todos modos, en las sesiones ordinarias y con el dictamen firmado, un acuerdo político con parte de Unión por la Patria, con los oficialistas y los aliados, permitiría que se lleve al recinto y se apruebe la nominación, al menos, del juez federal Lijo, que cumplió con todas las exigencias y trámites previos.

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